Unas semanas después de las elecciones municipales y autonómicas del 24M, el Partido Popular manifestó publicamente su intención de reformar la Ley Electoral. Así, el PP quiere que un partido con el 35% de los votos y una distancia de cinco puntos sobre el segundo, o el 30% de los votos y 10 puntos sobre el siguiente, tenga automáticamente la mayoría absoluta. Con todo esto, grandes capitales como Madrid o Valencia continuasen en manos del partido conservador.

Dicha reforma parece no ser inocente, de haberse aplicado en los pasados comicios, a los populares les hubiera permitido tener en una primera vuelta 386 alcaldías más de las que gobierna ahora con poder absoluto y al PSOE, 293.

La propuesta ya se ha registrado en el Congreso de los Diputados. Una propuesta de reforma mayoritaria. No debemos olvidar y analizar el mensaje postelectoral de los populares, manifestando en todo momento que debe gobernar la lista más votada (con mayoría absoluta) y evitar los “pactos en los despachos” entre “perdedores”(sic).

¿En qué consiste la propuesta?

De no obtener ninguna lista la mayoría absoluta, los populares proponen lo siguiente:

1) La lista que supere el 35% de los votos y saque cinco puntos al siguiente automáticamente tendrá mayoría absoluta en concejales.

2) La lista que supere el 30% de los votos y saque 10 puntos al segundo, obtendría de nuevo la mayoría absoluta de concejales.

3) Si no se dan ninguno de estos supuestos, se pasaría a una segunda vuelta con las candidaturas por encima del 15%. Solo se asignará la mayoría absoluta si saca más del 40% o saca más de 7 puntos al siguiente.

En el siguiente gráfico interactivo se recoge un mapa con las mayorías absolutas antes de la reforma y después de la reforma. Condicho proyecto, sin necesidad de una segunda votación, el Partido Popular tendría el poder absoluto en 386 ayuntamientos más de los que gobierna ahora con mayoría absoluta.

¿Qué pasaría con el resto de los concejales?

A tales efectos el Partido Popular todavía no se ha pronunciado, pero nosotros damos por hecho que se resolverá por medio de una distribución proporcional a través de una fórmula, seguramente D`hondt, como hasta el momento.

¿Qué tipo de reforma es esta?

Este sistema de elección corresponde a una forma de representación semi-proporcional con tendencia claramente mayoritaria conocida como “Majority bonus system” o «bonos de mayoría», que consiste en dar una prima de escaños a la fuerza más votada para que pueda gobernar en solitario – y que puede ser asignada a una o a dos vueltas. Países como Grecia contemplan en sus sistema electorales una prima de 50 escaños para el partido más votado aunque la diferencia con el segundo sea de un solo voto.

Siendo así, ¿Quiere decir esto que se elije al alcalde directamente? La respuesta es, no. En algunos länder de Alemania o en Noruega también hay sistemas proporcionales, pero tienen listas abiertas y se dan los mismos votos que cargos a elegir en la asamblea.

 


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