Se acerca el 20 de diciembre, fecha en la que están fijadas las próximas elecciones generales (a mí me gusta llamarlas “votaciones generales”, pues realmente los votantes no eligen nada o casi nada). Y a pocos días de las que, según algunos, serán las “elecciones más importantes de nuestra historia reciente”, querría explicar qué se vota el domingo en España.

España es una Monarquía parlamentaria, es decir, el poder reside en las Cortes Generales (Congreso de los Diputados y Senado). Las Cortes elaboran las leyes y proponen al Presidente del Gobierno, por lo que el Poder Ejecutivo emana del Poder Legislativo, a diferencia de cualquier sistema político presidencialista, en el cual ambos poderes están bien limitados y separados.

El 20 de diciembre están convocadas elecciones generales a las Cortes Generales, por tanto se votará para componer el Congreso y el Senado, y no para elegir el Presidente del Gobierno de la XI Legislatura, cuya elección está en manos del propio Congreso una vez quede formado. Es una confusión muy común. En las elecciones generales españolas no votamos al Presidente del Gobierno, sino al partido que queremos nos “represente” en el Congreso de los Diputados y en el Senado.

El Congreso de los Diputados está compuesto por 350 diputados, los cuales son elegidos mediante circunscripciones. España cuenta con un total de 52 circunscripciones, que se corresponden con las 50 provincias del país, más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, como recogen los artículos 68 y 69 de la Constitución Española.

El reparto de estos 350 diputados se efectúa otorgando de inicio a cada provincia un mínimo de dos diputados y uno a cada ciudad autónoma -en total, 102-. Los otros 248 se reparten de manera proporcional teniendo en cuenta la población de cada circunscripción. Los 350 diputados totales son repartidos de la siguiente manera:

Circunscripción electoral Diputados
Madrid 36
Barcelona 31
Valencia 15
Alicante y Sevilla 12
Málaga 11
Murcia 10
Cádiz 9
Asturias, Baleares, La Coruña, Las Palmas y Vizcaya 8
Granada, Pontevedra, S.C de Tenerife y Zaragoza 7
Almería, Badajoz, Córdoba, Gerona, Guipúzcoa, Tarragona y Toledo 6
Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Huelva, Jaén, León, Navarra y Valladolid 5
Álava, Albacete, Burgos, Cáceres, Lérida, Lugo, Orense, La Rioja y Salamanca 4
Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora 3
Soria 2
Ceuta y Melilla 1

El reparto del Senado es diferente. En cada provincia se eligen cuatro senadores. No obstante, en las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas constituye una circunscripción a efectos de elección, correspondiendo elegir tres senadores a cada una de las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) y uno a cada una de las restantes islas (Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma). Las poblaciones de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos senadores. En total son elegidos 266 senadores.

Una vez concluyen las votaciones, en cada circunscripción se realiza el reparto de escaños de manera independiente aplicando el Sistema D’Hondt. Este sistema pertenece a las fórmulas de la media más elevada, que consisten en dividir el número de votos que ha obtenido cada partido político por la correspondiente serie sucesiva de números, hasta alcanzar la cifra de escaños asignados a la circunscripción. En el Sistema D’Hondt se utiliza la serie de números naturales.

Ejemplo à Imaginemos unas elecciones a las que se presentan cinco partidos, entre los que deben repartirse siete escaños, obteniendo cada uno de ellos el siguiente número de votos:

Partido A Partido B Partido C Partido D Partido E
Votos 340.000 280.000 160.000 60.000 15.000

El reparto de escaños se produce de la siguiente manera (se divide el número de votos por el escaño al que aspira el partido):

Partido A Partido B Partido C Partido D Partido E
Escaño 1 340.000/1= 340.000 280.000/1= 280.000 160.000/1= 160.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Escaño 2 340.000/2= 170.000 280.000/1= 280.000 160.000/1= 160.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Escaño 3 340.000/2= 170.000 280.000/2= 140.000 160.000/1= 160.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Escaño 4 340.000/3= 113.333 280.000/2= 140.000 160.000/1= 160.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Escaño 5 340.000/3= 113.333 280.000/2= 140.000 160.000/2= 80.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Escaño 6 340.000/3= 113.333 280.000/3= 93.333 160.000/2= 80.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Escaño 7 340.000/4= 85.000 280.000/3= 93.333 160.000/2= 80.000 60.000/1= 60.000 15.000/1= 15.000
Total de cargos electos 3 3 1 0 0

En estas elecciones, el Partido A conseguiría 3 escaños, al igual que el Partido B. Por su parte, el Partido C lograría 1, mientras que el Partido D y el Partido E no conseguirían ningún escaño.

Por tanto, a modo de resumen, podemos decir que el próximo domingo, el 20-D:

  • Se vota para la composición de la Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado.
  • NO se vota para elegir al Presidente del Gobierno. Éste es elegido por el Congreso de los Diputados una vez se haya formado.
  • La circunscripción electoral en España, en las elecciones generales, es la provincia. Cada circunscripción tiene diferentes diputados y senadores asignados.
  • El método utilizado para asignar los escaños es el Sistema D’Hondt.