¿Por qué el aborto no es un derecho?

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La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, tanto como el conjunto del Gobierno, reconoce que el aborto es un derecho, pero que este mantiene un conflicto contra el derecho a objetar. ¿Por qué dos derechos pueden entrar en conflicto entre sí? Básicamente, porque uno de ellos sobra.

Un derecho tiene como finalidad promover el bien y evitar el mal, defender la justicia y protegernos de la injusticia; y justicia es darle a cada uno lo que se merece: una mujer embarazada, en pleno estado de ansiedad, incertidumbre, miedo… (sentimientos desagradables que predominan la conducta de la mujer, y se condicionan sus decisiones personales por el hecho de estar abandonada por el Estado español; ofreciéndole así el aborto financiado como única alternativa), no merece un aborto, merece ayuda psicológica, económica, alimentaria, aceptación y apoyo social, entre otros.

El aborto promueve todo aquello que un auténtico derecho desea evitar: el mal. Representa un mal porque se termina con la vida de un ser humano, y el hecho de que a muchos no les parezca un ser humano, no implica que no lo sea. La condición de ser humano no está sujeta al tamaño, a las habilidades o al grado de inteligencia. Ni el dolor, ni la consciencia, ni la razón, ni el desarrollo…, determina la condición de ser humano. A pesar de que un embrión no pueda ver, oír, hablar, pensar… no quiere decir que no sea un ser humano, pues estas actividades tampoco las pueden realizar niños recién nacidos, ni gente que sufre ciertas deficiencias patológicas… y ellos siguen siendo seres humanos. Nada más lejos de la realidad; quienes se dedican a negar la Embriología Humana y la existencia de vida humana desde la concepción no son, probablemente, capaces de distinguir un espermatozoide (célula especializada) de un cigoto (célula madre totipotente). Con la vasta cantidad de información que tenemos hoy día, basta con una simple búsqueda en internet para conocer que lo que una mujer gesta es un ser humano en pleno desarrollo, y no un perro salchicha, por ejemplo. Porque si no es un ser humano, ¿qué es? La Ciencia, las facultades de Medicina y los libros de Embriología Humana nos dan la razón.

El hecho de negar la existencia humana durante el desarrollo prenatal va mucho más allá de una sencilla, peligrosa e ignorante negación: es una amenaza contra la civilización, ya que da luz verde a matar sin sentimiento de culpabilidad ni de responsabilidad. La deshumanización es el primer paso para cometer un genocidio, y este es uno muy lucrativo económicamente. ¿Sabías acaso que Planned Parenthood (el mayor proveedor de abortos) tiene alrededor de 46.000 clínicas abortistas en todo el mundo, frente a McDonald’s que posee en torno a 32.000 locales? Si esto no te parece un negocio…

Un derecho, por definición, no puede ser punible, y el aborto está considerado en el Código Penal con penas de prisión y de multa (Libro II: Delitos y sus penas > Artículo 144, 145, 145 bis y 146). Entonces, ¿cómo va a ser un derecho un delito? Si bien el aborto, dentro de los casos permitidos por la ley, no representa un delito, pero sí un delito despenalizado, y por ello nunca podrá considerarse como un derecho. Lo que ocurre con el aborto «libre» o legal, hasta la decimocuarta semana, es que no resulta punible en determinadas circunstancias señaladas por la ley, pero que nos quede claro que sigue siendo un delito (despenalizado), y que legal no es sinónimo de derecho.

Una Ley debe basarse en unos determinados valores y principios, aparte de estar de acuerdo con la legalidad (el aborto no lo está), para que sea una auténtica Ley.

En conclusión, el aborto no puede considerarse como un derecho, puesto que es un delito penalizado, y despenalizado en ciertas circunstancias señaladas por la ley y, por definición, reitero, un derecho no puede ser un delito. Un acto no puede ser, al mismo tiempo, un delito en un determinado lugar y un derecho en otro…, o es un delito o es un derecho, pero no es válida la mezcla de ambos. Es más, ningún tratado de Derecho Internacional recoge el aborto como tal. Sin embargo, sí existe el derecho a la vida y la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento. Para finalizar, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dejó dos significativas sentencias;

  1. Número 25579/05 (16/12/10 – Gran Sala del TEDH), dice textualmente: «No existe un derecho al aborto, sino un derecho a la vida del no nacido»;
  2. 13 de febrero de 03 (TEDH/ 2003), el Tribunal Europeo reconoció expresamente que no puede admitirse un derecho subjetivo o un derecho personalísimo a eliminar el feto, que es bien jurídico digno de protección, dotado de sustantividad propia, de relieve vital y, en consecuencia, de interés objetivo y general.

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