Ley de nietos: Abogacía del Estado insta a desbloquear el voto por elecciones anticipadas

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Con las elecciones generales del 29 de noviembre a la vuelta de la esquina, la Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que deje sin efecto la suspensión del voto para las personas inscriptas en el censo de residentes ausentes que obtuvieron la nacionalidad por la llamada ley de nietos. Su argumento principal: resulta “materialmente imposible” revisar todos los expedientes en el breve plazo que exige la normativa electoral sin vulnerar derechos fundamentales.

Qué plantea la Abogacía y por qué lo considera urgente

En el escrito de alegaciones presentado ante el Alto Tribunal, la representación del Estado insiste en que la medida cautelar que paralizó el derecho a voto debe levantarse. Señala que ya había advertido anteriormente sobre la dificultad de tramitar y certificar los expedientes en plazos amplios, y que ahora esa tarea se vuelve impracticable porque la LOREG acorta los plazos por la proximidad de la cita electoral.

La Abogacía advierte del riesgo de un “sacrificio efectivo” del derecho de sufragio si se mantiene la suspensión: cientos de miles de registros tendrían que examinarse en cuestión de días, con el consiguiente peligro para las garantías de defensa y para la integridad del proceso electoral.

Plazos, cifras y alcance

El Tribunal Supremo aceptó parcialmente las medidas cautelares solicitadas por Vox e Iustitia Europa y suspendió temporalmente el voto de las personas afectadas mientras decide sobre el fondo del asunto. Ante la convocatoria electoral, el Tribunal dio 48 horas a las partes para presentar alegaciones sobre el recurso de reposición interpuesto por la Abogacía del Estado.

Documentos del censo electoral y calendario con fechas marcadas
Plazos y cifras clave en el censo electoral afectado por la medida cautelar.

Según el escrito al que ha tenido acceso RTVE, la propia Abogacía cifró en 163.020 las inscripciones vinculadas al reconocimiento cuestionado, de las que serían 14.120 los potenciales votantes en la práctica. Por ello, añade, su participación probablemente no cambiaría el resultado electoral, pero impedirles votar supondría una limitación de derechos.

  • Plazo clave: el censo que se aplicará para las elecciones es el del 1 de agosto; la LOREG exige trámites que vencen el lunes 12 de octubre.
  • Actores implicados: Tribunal Supremo, Abogacía del Estado, Fiscalía, Junta Electoral Central, Instituto Nacional de Estadística y partidos demandantes.
  • Consecuencias prácticas: cientos o miles de recursos administrativos o judiciales que podrían saturar los tribunales y provocar resoluciones contradictorias.
  • Alcance real: la Abogacía señala que no es sencillo distinguir en los registros consulares quién figura por la ‘ley de nietos’ y quién por otros motivos.

Riesgos jurídicos y operativos

El informe del Gobierno destaca dos problemas: la imposibilidad material de examinar todos los expedientes en el plazo legal y la dificultad técnica de identificar, en tiempo récord, a las personas inscritas por motivos distintos a la ‘ley de nietos’.

Según la argumentación, aplicar la medida cautelar ahora equivaldría a utilizar el censo del 1 de agosto de forma que “impidiera” el ejercicio del voto a quienes residen fuera de España, además de abrir la puerta a un aluvión de recursos que pondrían en riesgo la coherencia del proceso judicial y administrativo.

Reacciones políticas

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, ha manifestado en público su preocupación: si no se resuelve la cuestión antes del 29-N, advirtió, España llegaría a la votación con un censo que él considera “alterado”. Bolaños ha subrayado que la norma en cuestión es de 2022 y que no existieron impugnaciones durante los procesos electorales anteriores, por lo que atribuye el actual conflicto a una iniciativa judicial promovida por organizaciones de la ultraderecha.

Ministro hablando en rueda de prensa con gestos de preocupación
Reacciones políticas: el Gobierno expresa preocupación por el censo.

En el ámbito político se repite la advertencia sobre la baja influencia del voto exterior en anteriores comicios y el riesgo de generar incertidumbre en pleno periodo de campaña.

Qué puede decidir el Supremo y cuándo

La Sala tiene ahora en cuenta las alegaciones de la Abogacía, de la Fiscalía, de la Junta Electoral Central y del INE; una resolución conjunta sobre el recurso podría conocerse la próxima semana. De decidir levantar la suspensión, se desbloquearía la inscripción y el voto para quienes figuren en el censo afectado; si mantiene la cautelar, quedarán fuera del proceso electoral mientras se resuelve el fondo del pleito.

El desenlace no solo marcará el acceso al voto de un colectivo concreto, sino que determinará si la campaña se desarrolla con el censo definitivo o bajo la incógnita de futuras impugnaciones.

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